HERMOSILLO.- El Tribunal Colegiado de Quinto Circuito falló a favor del Gobierno del Estado y del Fideicomiso del Sonora SI (Fosi), al decretar que no hay desacato en la actuación de gobernador Guillermo Padrés ni del director de dicho organismo Enrique Martínez Preciado.
De acuerdo al fallo emitido por dicho Tribunal el pasado 23 de febrero, la actuación de ambos funcionarios ha estado siempre apegada a derecho.
Carlos Espinoza Guerrero, secretario de la División Jurídica del Gobierno del Estado, explicó que el jueves pasado dicha instancia resolvió en base a la queja 87/2011, que no existe desobediencia a ordenamiento alguno.
"Confirma el tribunal Colegiado que no hay desacato, es decir que se obedecieron tal cual las órdenes que los jueces han dictado, en este caso la Juez Octavo de Distrito en el expediente 10/21", explicó Espinosa Guerrero.
Esta es la segunda ocasión en que dos instancias distintas fallan a favor del Sonora SI en cuanto a la queja por presunto desacato; la primera fue en diciembre del 2011, cuando la misma Juez Octavo de Distrito, María del Rosario Alcantar Trujillo, dictaminó que el Gobernador Guillermo Padrés no incurrió en desacato alguno puesto que no es el ejecutor de la obra.
Pero en ese mismo dictamen la Juez Alcantar Trujillo argumentó que sí había desacato por parte del Director de CEA y del Fondo de Operaciones del Sonora SI, resolución que este 23 de febrero desechó el Tercer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito.
"La queja 87/2011 se resuelve el 23 de febrero pasado confirmando que no hay desacato por lo que toca al Gobernador Guillermo Padrés, pero que tampoco hay desacato en la figura del Fosi y de Enrique Martínez Preciado".
Es decir, la autoridad confirma una vez más que nunca ha existido desacato alguno a ordenamientos judiciales y por tanto el Gobierno del Estado ha actuado siempre dentro de la legalidad, llevando en forma el proceso de la demanda de amparo interpuesta por el grupo de productores de Cajeme en contra del acueducto independencia.
En ese sentido las obras del acueducto no se detienen, no hay motivo en tanto se da el fallo sobre la suspensión que reclaman los opositores al Sonora SI, precisó el funcionario estatal.
El Director Jurídico del Estado adelantó que en cuanto al fondo del amparo interpuesto por los opositores al Sonora SI, el Estado está seguro que las autoridades le darán pronto la razón debido a que siempre prevalecerá el interés público sobre el privado, es decir, el beneficio de las mayorías.
Aún con mayor razón, dijo, después de que el derecho al agua para consumo humano quedó especificado como una garantía constitucional el año pasado.
Proceso definitivo está por concluir
El capítulo del Proyecto del Sonora SI que abriera el Gobernador Guillermo Padrés en febrero de 2010 al dar a conocer el Proyecto del Sistema Integral para el Abasto de agua en todo el estado está pronto a concluir, aseguró el Director Jurídico Carlos Espinosa.
Durante las distintas presentaciones del proyecto en diversos municipios del estado, el Gobernador Padrés ofreció diálogo y apertura para concretar las obras y acciones acorde a las necesidades de cada localidad, y en razón de ello el proyecto original sufrió cambios importantes a petición de los alcaldes.
Sin embargo el mismo 2010 y meses después de que se diera a conocer el proyecto en cada municipio, a las diferentes bancadas en el Congreso local y en las mesas técnicas de análisis que conformaron los mismos productores del sur con autoridades estatales, representantes de los módulos K737-500; K105, Y 4P4 presentaron demanda de amparo contra la licitación del acueducto ante juzgados 7 y 8 de Ciudad Obregón, bajo expediente 865/2010
El 31 de agosto la Juez Rosario Alcántar Trujillo aceptó la queja a uno solo de los demandantes, el 4P4 y cuatro días después otorga la suspensión provisional de las obras, notificando al Sonora SI de esta suspensión por medio de telegrama.
En tanto el resultado de la licitación se anunció el 8 de octubre de ese mismo año, días antes de que el Sonora SI recibiera la notificación de la juez de la suspensión provisional; mientras que el Juzgado Séptimo de Distrito concluyó que no se puede suspender la obra con una orden judicial si ya está asignada.
Fue el 11 de Octubre de 2010, mediante oficio 6527-10 que la juez solicitó a la autoridad responsable informara respecto al supuesto desacato por parte del Gobierno del Estado y del Fondo de Operaciones del Sonora SI por no detener los trabajos, y cinco meses después, el 14 de marzo de 2011, la misma Juez Alcántar Trujillo resolvió que el Sonora SI incurrió en desacato a la suspensión provisional de la obra.
El 28 de mayo de 2011 la misma juez emitió un nuevo resolutivo, ordenando otra vez parar los trabajos del Acueducto Independencia. El 22 de Agosto de 2011, el Tercer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, da un plazo de 24 horas al Sonora SI para detener la construcción del acueducto, y el 3 de Octubre la Juez Alcántar ordena el uso de la fuerza pública para retirar la maquinaria y material de construcción del acueducto Independencia.
Hoy la autoridad judicial le da en definitiva la razón al Fondo de Operaciones del Sonora SI al confirmar que nunca hubo desacato por parte del Estado ni del mismo fondo y confirma que los trabajos continuaron conforme a derecho.