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Aprueban regidores étnicos, menos en Cajeme

Redacción
Sábado 01 de Septiembre de 2012
 

En otro punto del orden del día, el pleno del CEE resolvió sobre las propuestas a regidores étnicos en aquellos ayuntamientos en los cuales se encuentra asentamientos indígenas, de conformidad con el artículo 98 fracción IV y XX del Código Electoral para el Estado de Sonora.

Con relación a los ayuntamientos de Álamos, Bacerac, Quiriego, Yécora y Hermosillo, las comunidades étnicas asentados en dichos municipios presentaron la correspondiente designación, señalando a las siguientes personas para regidor étnico:

 

Hermosillo: Genaro Gabriel Herrera Astorga
 
Bacerác: Esther Mathepen Sierrasi
 
Álamos: Eulogio Armenta Ciriaco
 
Quiriego: Ma. De  Jesús Rascón Ciriaco
 
Yécora: María Dolores Duarte Carrillo
 

En virtud de que en el resto de los municipios donde se encuentran comunidades étnicas asentadas, sus autoridades presentaron ante este Consejo diversas propuestas de fórmulas para regidores, el Pleno del CEE aprobó su designación mediante un procedimiento de insaculación, el cual se llevó a cabo en la misma sesión, resultando los siguientes regidores:

Guaymas: Rosa María Choqui Bacasegua
 
San Ignacio Rio Muerto: María de Jesús Ramirez Bonilla

Navojoa: Victoriano Moroyoqui Buichileme

Etchojoa: Bartolo Matuz Valencia

Benito Juárez: Santos Moroyoqui Quijano

Pitiquito: Oscar Perales Torres

Caborca: Francisco Reynaldo Gamboa Romero

Altar: Joaquín Esteban Reyna

Plutarco Elías Calles: José Alfredo Rivera Valencia
 
Puerto Peñasco: Ramón Antonio Marcial Valasco

San Luis Rio Colorado: Aronia Wilson Tambo
 

Cabe señalar que en el caso de los municipios de Cajeme y Bácum quedó pendiente de designación de sus regidores étnicos debido a que las autoridades tradicionales a la fecha no han presentado ante este Consejo las respectivas propuestas.   

En la misma sesión, se aprobó requerir a los ayuntamientos correspondientes para que en un plazo de tres días, contados a partir de la fecha en que el Ayuntamiento entrante rinda protesta constitucional, notifiquen a este Consejo del cumplimiento que se dé a lo acordado.

 

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