El Régimen de Incorporación Fiscal que entra en vigor a partir del 1° de enero de 2014, facilita a los contribuyentes emprender su propio negocio o hacer crecer el que ya tienen.
Los contribuyentes que realicen alguna actividad empresarial, como por ejemplo, tiendas de abarrotes, papelerías, talleres mecánicos, o cualquier pequeño negocio, así como quienes inicien actividades, al inscribirse en el Régimen de Incorporación Fiscal, tendrán diferentes beneficios
‒No pagarán impuestos el primer año
‒Podrán emitir facturas electrónicas
‒Podrán hacer deducibles sus gastos y obtener devoluciones de impuestos
‒Tendrán acceso a créditos con mejores condiciones.
‒Tendrán la oportunidad de ser proveedores de empresas más grandes y ofrecer servicios adicionales en su negocio
Los Repecos (régimen de pequeños contribuyentes), pasarán automáticamente al régimen de incorporación fiscal, para los contribuyentes del régimen intermedio será una opción pertenecer a este nuevo esquema, siempre que sus ingresos sean menores a 2 millones de pesos.
En el portal de internet del SAT está disponible un el minisitio Crezcamos Juntos en el que se orienta sobre como ingresar, los trámites a realizar y los beneficios del Régimen de Incorporación Fiscal.