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No pagarán impuestos incorporados al RIF

Redacción
Jueves 30 de Enero de 2014
 

Los contribuyentes que se incorporen al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) no pagarán impuestos durante el 2014, anunció Patricia Gastélum Padilla.

La administradora local del SAT precisó que todas las personas físicas que realizan una actividad empresarial o prestan un servicio podrán estar en este régimen siempre y cuando no necesiten títuloib para ejercer su actividad fiscal y que no ganen más de 2 millones de pesos al año.

El principal beneficio, reiteró, es que no van a pagar impuestos por ISR ni por IVA durante el presente año, y en el próximo (2015) sólo pagarán el diez por ciento del total de ISR e IVA.

Para ingresar al RIF es necesario llevar un sistema que se llama "Miis Cuentas" y es para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones, que se encuentra en la página de internet del SAT. Allí podrán reportar ingresos y gastos, explicó.

El RIF, añadió, solicita al contribuyente que tenga una contraseña. El SAT se las envía por una carta, y si ésta no llega, el contribuyente puede solicitarla personalmente en las oficinas del SAT.

Con esa constraseña ingresan a la página "Mis Cuentas"  y desde allí podrán expedir sus facturas y registrar sus gastos, facilitando la contabilidad fiscal y declaración de impuestos.

El sistema hace el cálculo de ingresos y egresos y le hace la declaración automáticamente. La sencillez de este proceso incluso podrá prescindir de la asesoría de un contador si el contribuyente así lo desea, puntualizó Gastélum Padilla.

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