Ciudad de México, 20 de mayo ().– Con la aprobación del Congreso de Puebla para que agentes de la Policía Estatal utilicen armas de fuego en manifestaciones públicas y la reglamentación del uso legítimo de la fuerza, al menos tres entidades del país han criminalizado la protesta en los últimos meses.
Ayer, el gobierno de Puebla aprobó la Ley Para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza de los Elementos Policiales, enviada por el Gobernador Rafael Moreno Valle, del Partido Acción Nacional (PAN).
El viernes pasado la administración de Manuel Velasco Coello, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), dio paso al Código que Establece el Uso Legitimo de la Fuerza por las Institutos de Seguridad Pública del Estado de Chiapas, en contra de movimientos, disturbios y protestas sociales, así como el uso de armas no letales en estas concentraciones por parte de los cuerpos policiacos.
El pasado 1 de mayo, el gobierno de Quintana Roo también pasó la Ley de Ordenamiento Cívico del estado conocida como “Ley Antimarchas”. Así, el estado encabezado por el priista Roberto Borge Angulo se convirtió en la primera entidad de la República Mexicana que oficialmente concretó una ley en contra de las protestas sociales en espacios públicos.
Para las organizaciones no gubernamentales este tipo de iniciativas restringen los derechos a la libertad de expresión y reunión.
El Frente por la Protesta Social y la Libertad de Expresión ha denunciado “el intento del Estado mexicano” de criminalizar la protesta social por medio de lo que calificaron como un “andamiaje legal”.
El Frente ha dicho que estas leyes “restringen de forma ilegítima los derechos a la libertad de expresión y reunión” y con las cuales los poderes legislativos locales “faltaron a sus obligaciones constitucionales de respeto y garantía de los derechos humanos”.
En ese contexto, también senadores del Congreso del Unión legalizaron el “Estado de Excepción” que en su apartado tercero establece que la suspensión de los derechos y garantías por tres motivos: cuando ocurra una invasión; cuando se registre un hecho de perturbación contra la paz pública, que fue definido como cualquier fenómeno social violento que ponga en peligro la estabilidad del país; o cuando haya una situación grave de peligro o conflicto en donde se contemplan catástrofes naturales, pero también catástrofes provocadas por una persona, epidemias, escasez de productos básicos o similares.
Asimismo contempla la concesión del autorizaciones para que el Ejecutivo haga frente a una situación y ejerza el Artículo 29.
“Como organizaciones defensoras de derechos humanos, manifestamos nuestra preocupación y alertamos sobre esto, ya que en un contexto donde se da la consolidación de normas legales e incluso constitucionales que permiten, por razones de orden político, la limitación en materia de libertades democráticas, llama la atención la discusión de una ley que podría, eventualmente, violentar derechos humanos de personas y colectivos”, denunciaron ONGs como Artículo 19, Fundar, la Red Todos los Derechos Para Todos y Todas, entre otras.
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