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No existe intención Federal de detener el Acueducto

Boletin del Gobierno del Estado
Jueves 26 de Junio de 2014
 

CD. DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por unanimidad, que no existe intención alguna del Gobierno Federal para detener la operación del Acueducto Independencia, pues ninguna de sus autoridades ha realizado acto administrativo que implique la paralización de la obra que suministra de agua a Hermosillo, por lo que sobreseyó la Controversia Constitucional 66/2013.

Carlos Espinosa Guerrero, Secretario de la División Jurídica del Gobierno del Estado, detalló que en la resolución unánime de los Ministros sobre la Controversia que presentó el Ayuntamiento de Hermosillo en contra de cualquier acto administrativo que pueda afectar a la obra, se asienta que: ni la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), ni la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), ni la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) u otra autoridad federal han mostrado la intención de detener la operación del Acueducto Independencia, por lo tanto, no hay necesidad de tener un amparo para este expediente en particular.

“Ante esta contundencia de pruebas, de hechos, de que ninguna autoridad federal pretende despojar a los hermosillenses del agua potable que viene de la presa El Novillo es entonces que la Corte decide sobreseer este asunto. No es otra cosa más que reafirmar que no hay ninguna autoridad que pretenda parar el Acueducto Independencia”, indicó el secretario de la División Jurídica del Estado.

Esto, agregó Espinosa Guerrero, es una buena noticia para los más de 800 mil habitantes de la capital del Estado que reciben el vital líquido gracias a esta obra desde el pasado mes de abril del 2013.

“Sobreseer implica que la materia sobre la cual recae el juicio que tú estás intentando ya ha desaparecido, entonces, como no hay alguna autoridad que ante la Corte haya manifestado que en efecto quisiera despojar o detener el flujo de este líquido a la ciudad de Hermosillo, ya no es necesario el amparo promovido el año pasado por el Ayuntamiento de Hermosillo”, señaló.

La decisión tomada por la Suprema Corte se une a una extensa lista de victorias registradas por el Gobierno del Estado en el proceso legal que se le sigue al Acueducto Independencia.


Cronología de proceso jurídico


Febrero 23 de 2012: Descarta Tercer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito desacato en construcción del Sonora SI con el fallo en el expediente 1021/2010.

Marzo 15 de 2012: El Tercer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito resolvió la viabilidad y legalidad para la construcción del Acueducto Independencia con el fallo en el expediente 865/2012.

Octubre 5 de 2012: La Suprema Corte de Justicia desecha controversia constitucional presentada por el municipio de San Ignacio Río Muerto y falla a favor de la construcción del Acueducto Independencia al considerarla una obra de interés público y beneficio social en el expediente 94/2012.

Diciembre 7 de 2012: La Suprema Corte de Justicia determina que el Acueducto Independencia es una obra de interés general y beneficio social y desecha controversia constitucional presentada por el municipio de Cajeme en el expediente 109/2012.

Mayo 7 de 2013: La Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve a favor de Hermosillo la Controversia Constitucional 66/2013 en la que se solicita la suspensión de cualquier acción administrativa tendiente a paralizar, suspender o interrumpir la operación del Acueducto Independencia.

Junio 25 de 2014: La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina sobreseer la Controversia Constitucional 66/2013 debido a que no hay intención del Gobierno Federal de cerrar el Acueducto Independencia.

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