HERMOSILLO.- El Consejo General del IEE Sonora, aprobó en sesión extraordinaria el financiamiento para actividades ordinarias permanentes, gastos de campaña electoral y actividades específicas para partidos políticos, así como gastos de campaña para candidaturas independientes del ejercicio fiscal 2018.
Fueron aprobados recursos por 134 millones 428 mil 544 pesos de los cuales, $101, 074.093.00 corresponden actividades ordinarias permanentes; $30,322,228.00 para gastos de campaña y $3,032,223.00 pesos para actividades específicas.
El Consejo General aprobó la propuesta de la Dirección Ejecutiva de Fiscalización basada en lo establecido en el artículo 92 fracción I inciso a) de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora (Lipees).
Los recursos para actividades ordinarias permanentes y financiamiento para gasto de campaña 2018 que recibirán los partidos en Sonora se distribuirán conforme a la tabla presentada en la parte superior de esta página.
Financiamiento para Candidaturas Independientes
En la sesión de este día, se aprobaron también los montos del financiamiento público para candidaturas independientes que en su momento obtengan su registro por parte de este Instituto, para gastos de campaña del proceso electoral 2017-2018 a que se refieren los artículos 44 y 49 de la LIPEES.
A las y los candidatos independientes les corresponderá un monto igual al que se otorga a un partido político con nuevo registro, de esta cantidad el 33.3% se distribuirá de manera igualitaria entre todas las fórmulas de candidaturas independientes al cargo de diputados por el principio de mayoría relativa; un 33.3% se distribuirá de manera igualitaria entre todas las planillas de candidaturas independientes al cargo de Presidente/a, síndico/a y regidor/a en los siguientes términos:
Estas cantidades, serán distribuidas, conforme a lo establecido en el artículo 50 de la LIPEES, de manera igualitaria entre todas las fórmulas al cargo de diputaciones por el principio de mayoría relativa, y entre todas las planillas de ayuntamientos, respectivamente, en el supuesto de que un solo candidato o candidata obtenga su registro para alguno de los cargos ya sea fórmula de candidato o candidata a diputación por el principio de mayoría relativa o planilla de ayuntamientos, no podrá recibir financiamiento que exceda el 50% de los montos señalados en la tabla anterior.