Los eventos que realizan fundaciones de precandidatos a un puesto de elección popular, deben ser considerados como actos de precampaña, propuso Marcelino Pérez Arenas.
Y es que para el ex regidor de Cajeme, en el pasado proceso electoral varios aspirantes a un cargo de elección popular organizaron eventos que no pudieron sancionarse, bajo el argumento que no estaban contemplado como actos de precampaña.
Entre los casos más recurrentes, expuso, está la creación de fundaciones que son utilizadas como trampolín político, pues desaparecen una vez pasadas las elecciones y se olvidan de sus compromisos por los que supuestamente nacieron.
“Dónde est la Fundación Ernesto Vargas o que hace ahora la de Manolo Barro”, cuestionó Pérez Arenas, quien estuvo muy activo durante el Foro de Consulta sobre propuestas de modificación al Código Electoral para el Estado de Sonora.
De aceptarse su propuesta de modificación al artículo 160, serían actos de precampaña si se hacen por medio de asociaciones civiles, políticas o mercantiles, ongs, fundaciones de ayuda, SPRs, USPRs o cualquier otra figura jurídica en la que pertenezca o haya pertenecido el precandidato los últimos 2 años.
Según el ex regidor de Cajeme, el Código también debe actualizarse en el apartado de sanciones, ya que se reduce a una amonestación, la cual tiene el mismo efecto de un exhorto del Congreso o una recomendación de los Derechos Humanos.
“El renglón de sanciones es un legajo light, que cualquiera pisotea y transgrede a través de artimañas, trampas, cambio de nombre, fundaciones y demás estrategias, dignas de geste sin escrúpulos, ni prejuicios, con una gran ambición de poder”, señaló.