Critican iniciativa de diputada sonorense
Agencias / Sinembargo
Lunes 22 de Junio de 2015

CD. DE MÉXICO.- La diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en Sonora, Selma Guadalupe Gómez Cabrera, propuso al Congreso local una ley que penalice los "memes" en contra de políticos y que sean publicados en redes sociales.

La legisladora suplente ingresó al Congreso la propuesta de la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección de la Vida Privada y en uno de los apartados precisa que los "memes constituyen como algún tipo de difamación que afecta a las familias y la sociedad”.

La propuesta de la legisladora del Verde ocasionó reacciones en contra y de inmediato las redes sociales se llenaron de "memes" ridiculizando la propuesta de Gómez Cabrera, quien frente a los reporteros defendió la enmienda.

La parlamentaria suplente añade en su propuesta que los "memes" en las redes sociales deben ser penalizados porque atentan en contra de la dignidad de los funcionarios públicos. La propuesta surge luego de que en las campañas electorales los "memes" fueron un artículo de uso de la población para criticar a muchos candidatos que no presentaron propuestas constructivas.

Es un mal chiste

La organización Artículo 19 calificó de “mal chiste” para la libertad de expresión la iniciativa de ley que el pasado 15 d junio hizo la Diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Selma Guadalupe Gómez Cabrera, ante el Congreso de Sonora sobre Responsabilidad Civil para la Protección de la Vida privada, el Honor y la Propia Imagen, también conocida como la “Ley anti-meme”.

“Esta iniciativa no se circunscribe a la inhibición de circular memes sino que pretenden imponer restricciones más amplías en diversos aspectos que atañen el ejercicio de la libertad de expresión”, detalla la organización en un comunicado.

Con esta inciativa, alerta, en caso de ser aprobada, “podría llegarse a sancionar la utilización de los denominados “memes” o imágenes satíricas que comúnmente circulan en las redes sociales que, a partir de determinados hechos o acontecimientos, generan expresiones críticas o cáusticas a través de dichas imágenes. Esto se encuentra totalmente protegido dentro de la libertad de expresión, al tratarse de críticas mordaces, irónicas, sarcásticas o cáusticas”.

Artículo 19 explica que esta iniciativa de Ley contiene diversas disposiciones que restringen de forma desproporcionada las libertades de expresión e información, al establecer limitaciones que van en contra de los estándares internacionales en la materia.

Recordó que cuando se pretenda regular la vida privada, el honor o la imagen, frente a las libertades de expresión e información, debe realizarse un ejercicio de ponderación entre estos derechos de manera rigurosa, armonizándolos con el objeto de no afectar el núcleo esencial de los mismos, vaciándolos de contenido o anulando uno de ellos, por lo que deben observarse determinados parámetros.

Entre otros aspectos, la iniciativa de ley regula en sus artículos 9 a 12, lo relativo a la vida privada, estableciendo que es “aquella que no está dedicada a una actividad pública y, que por ende, es intrascendente y sin impacto en la sociedad de manera directa; y en donde, en principio, los terceros no deben tener acceso alguno, toda vez que las actividades que en ella se desarrollan no son de su incumbencia ni les afecta”.

Sin embargo, la organización sostiene que el derecho a la libertad de expresión prevalece sobre el derecho a la vida privada tratándose de información de interés público.

Además, la iniciativa de la legisladora del Verde, en sus los artículos 14 y 25, van en contra de los estándares internacionales, restringiendo ilegítima y desproporcionadamente la libertad de expresión.

“Para sobrepasar el límite de lo tolerable, esas expresiones deberán ser insultantes, insinuaciones insidiosas y vejaciones, innecesarias en el ejercicio de la libertad de expresión y derecho a la información. Por lo tanto, la emisión de juicios insultantes por sí mismas en cualquier contexto, que no se requieren para la labor informativa o de formación de la opinión que se realice, supone un daño injustificado a la dignidad humana”, se lee en el artículo 14 de la iniciativa de Ley en Sonora.

Por su parte, el artículo 25 señala que “las palabras, frases o expresiones insultantes por sí mismas, son innecesarias para el ejercicio de la libertad de expresión”.

Por ello, Artículo 19 “hace un llamado al Congreso de Sonora a desechar la iniciativa hoy conocida como ‘Ley anti-meme’ y conducirse con respeto a las libertades de expresión e información, imprescindibles en una democracia. A la luz de lo anterior, resulta particularmente preocupante que a nivel federal y estatal se sigan presentando iniciativas de ley para inhibir en diversos espacios y mediante distintas herramientas el ejercicio de la libertad de expresión”.

Exige también al Congreso de Sonora a derogar el delito de calumnia, previsto en el artículo 284 del Código Penal local, ya que este tipo de normas inhiben el ejercicio de derechos, al criminalizar las libertades de expresión e información.

 
 

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