HERMOSILLO- Para que deje sin efecto los actos relacionados con el cambio de denominación de nomenclatura de la vía pública del “Camino del Seri”, el Congreso del Estado aprobó hacer la solicitud al H. Ayuntamiento de Hermosillo y al Consejo de Nomenclatura Municipal del mismo.
La iniciativa con punto de Acuerdo fue presentada por las y los diputados Elia Sahara Sallard Hernández, Jacobo Mendoza Ruiz, Karina Teresita Zárate Félix, Celeste Taddei Arriola y José Rafael Ramírez Morales, quienes se refieren a la aprobación, el pasado 28 de febrero, por parte del Cabildo de Hermosillo, para cambiar el nombre de la vialidad “Camino del Seri” por el de “Javier Gándara Magaña”.
“Si bien es cierto que es facultad de dicho Ayuntamiento, pero esta acción, como todo acto de autoridad, debe observar el principio de legalidad, en tal sentido, debe de observar el cumplimiento de ciertos lineamientos y requisitos que señala el Artículo 16 del Reglamento de Designación de Nomenclatura para los Bienes de Dominio Público del Municipio de Hermosillo, Sonora”, destaca.
A nombre de quienes suscriben la iniciativa, la diputada Celeste Taddei Arriola leyó ante el Pleno la propuesta en la que establecieron que, dicha autoridad municipal solo podrá cambiar la denominación de los bienes de dominio público del Municipio, previa aprobación y propuesta del Consejo Municipal de Nomenclatura, y que la solicitud del promovente contenga la firma de conformidad del 90 por ciento de los vecinos.
Expuso que los suscritos, diputadas y diputados representantes de los diversos distritos electorales locales que integran el municipio de Hermosillo, reconocen es de dominio público que el acuerdo tomado por el gobierno municipal ha generado un fuerte descontento ciudadano de aquellas personas que habitan o transitan por dicha vía pública e, incluso, se han acercado a ellas y ellos un gran número de ciudadanos vecinos de esta rúa, que están inconformes con la determinación y procedimiento realizado por la autoridad municipal, ya que no fueron consultados.
En la iniciativa, que fue aprobada por mayoría, refieren que, de acuerdo al Artículo 23 del Reglamento respectivo, poner el nombre de una persona física a un bien de dominio público municipal, constituye el mayor homenaje que el Municipio y sus vecinos le otorgan, por lo que, para que pueda cumplir con la legitimidad necesaria en este tipo de actos, se requiere la certeza jurídica; que las y los ciudadanos avecindados del bien de dominio público en cuestión estén enterados en tiempo y forma y que, a su vez, hayan expresado de manera firme su consentimiento o aceptación.