El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inconstitucional el artículo 94 párrafo primero de los estatutos del Partido Acción Nacional (PAN), sentando un precedente en la materia.
El motivo fue que en dicho artículo se faculta a la dirigencia nacional del partido para nombrar una delegación a fin de sustituir a un Comité Directivo Estatal.
Con esta acción se sienta un precedente para que los militantes de los partidos puedan cuestionar la constitucionalidad de los estatutos que rigen la actuación de los institutos políticos.
La resolución tiene como base un juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano Héctor Jiménez Márquez, quien impugnó la resolución que el CEN del PAN emitió el pasado 6 de enero, por medio de la cual se sustituyó al Comité Directivo de Baja California Sur.
Se decidió otorgarle la razón a Jiménez Márquez, quien se acreditó como miembro activo del PAN y presidente de su Comité Directivo Estatal en Baja California Sur, para recurrir al máximo tribunal en materia electoral del país con el objetivo de impugnar la decisión de la dirigencia panista.
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