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La excepción confirma la regla.

Raúl Héctor Campa García
Lunes 12 de Agosto de 2019
 

Exceptio probat regulam in casibus non exceptis. 

Expresión antigua de origen latino, es muy usada cuando se quiere excusar, salir de la normatividad, acuerdo o de algún protocolo preestablecido. Se usa para exentar a alguien de seguir o aplicar una regla o acuerdo. Aunque la frase completa en latín, traducida al español dice: la excepción confirma la regla en los casos no exceptuados. Por lo que, si hay excepciones, no existe la regla o norma.

Existen aforismos (sentenciosos), que la ciudadanía los da por hecho, de que así es. Por ejemplo: “todos los políticos son corruptos” … excepto fulanito de tal. Entonces, aquello no es la regla. Aunque el actuar de muchos demuestre lo contrario y entonces involucra a los “pocos” que no son corruptos.

 

Las Instituciones y empresas, públicas o privadas, se rigen por una “estricta” normatividad, que garantiza el buen funcionamiento de estas. Los directivos o personal de mando, en ocasiones, para bien o para mal de las instituciones y usuarios, se salen de esa normatividad, para agilizar algún tramité u otra cuestión. 

Quizás para bien, se guíen “por un sentido común”. O depende, para mal, del “sentido de la irresponsabilidad”. La excepción puede caer en corrupción. Exentar impuestos a grandes capitales.

 

Hace años un funcionario federal de una Institución de Salud, decía que a veces por necesidad de un usuario, se puede desviar momentáneamente el camino recto de la normatividad. Puso de ejemplo: para subrogar un servicio médico urgente, el ente subrogado no debe ser empleado de la Institución, porque si es así, el funcionario que autorice la subrogación, cae en una falta administrativa por no acatar la norma y puede ser sancionado. 

Pero – decía el funcionario- puede haber una excepción a la regla, en caso que en un lugar o ciudad no exista el especialista – por decir, un neurocirujano- que no trabaje en la Institución, y que llegue un paciente urgente, por traumatismo cráneo- encefálico a un hospital, que necesite cirugía urgente – turno nocturno- y no esté cubierto por la especialidad, aún en contra de la norma se puede subrogar al médico especialista de la Institución, para que realice el procedimiento fuera de su turno. Se viola la norma por un bien superior. Tratar de salvar una vida. Esto es muy común en grandes hospitales. Cosas buenas que casi nunca se dicen. 

Se da más publicidad a las denostaciones; claro algunas con razón o no. Sucede esto último, por lo general, en casos en que su mayoría no son urgencias reales, sino sentidas. 

Las estadísticas señalan que de todos los casos que llegan a un servicio de urgencias, solo el 30% son urgencias reales. A reserva que “haya alguien que tenga otros datos”. 

 

Otro problema que era o es muy común, tratándose de los servicios de salud pública, era la doble afiliación, que se trató de corregir. Esto se observó, cuando se implantó el Seguro Popular, para personas, familias, que no contaran con ninguna prestación de servicio de salud; pero quizás, “por fallas administrativas o excepción a la regla”, hubo afiliados que eran afiliados de algún servicio de salud pública (aproximadamente un poco más del 8% eran derechohabientes del IMSS. Se tuvo que implantar un sistema de depuración en todo el País. Pero quizás, “la excepción confirma la regla”).

En los servicios de salud, pasaba o pasa un fenómeno recurrente, sobre todo en la atención de Primer nivel – Consulta externa- en los centros de salud dependientes de la Secretaria de Salud; las consultas duplicadas o atenciones en los sitios que no eran de su adscripción. Por ejemplo: pacientes que tienen su adscripción, su expediente clínico en esperanza, se atendían indistintamente en su lugar de origen o en algún centro de salud de Obregón. Aclarando siempre y cuando no fuese un padecimiento de urgencia, que se debe atender en el lugar más cercano. Personas que iban a consulta a su centro de adscripción y otra fuera de su adscripción. Duplicaban consulta y doble receta (pocos casos). Al querer poner orden en esto, se instruye al personal para que cada afiliado o usuario se atendiera en el lugar que le corresponde, excepto en caso de urgencias (la excepción a la norma), para disminuir estas desviaciones. 

Por supuesto que se presentan reclamos y enojos, porque el personal de recepción, aplica la norma establecida estrictamente, pero en ocasiones, por “sentido común” no aplicaba en algunos casos “la excepciones que confirma la regla”. Es entonces cuando el directivo afronta ciertas consecuencias de los reclamos y “recordatorios”. El paciente, por su angustia, por lo general tiene razón. 

En lo personal, si en esos casos hubo fallas – que sí las hubo- ofrezco una sentida disculpa – de corazón-  en mi paso por las Instituciones de salud. 

La intención de poner orden, puede causar conflictos. 

raulhcampag@hotmail.com     


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